Plaza Mallorca y en la Plaza Antoni Mateu. También: Aprobación inicial
Modificación de la Ordenanza reguladora aparcamientos a las Plazas Mallorca, y Antoni Mateu y el Mercat Cobert: 30 días para reclamaciones, sugerencias que consideren oportunas ante el Pleno del Ayuntamiento de Inca
En el caso de que no se formulen reclamaciones durante el período de exposición pública, el referido acuerdo plenario se considerará definitivo de conformidad
AGENCIA MANACORNOTICIAS 01/10/2026 - 04:43:00
modificación de la ordenanza reguladora de la prestación patrimonial pública no tributaria derivada de la prestación del servicio de aparcamientos en el edificio del Mercat Cobert.

AYUNTAMIENTO DE INCA. Aprobación inicial de la modificación de la Ordenanza reguladora de la prestación patrimonial pública no tributaria derivada de la prestación del servicio de aparcamientos a la Plaza Mallorca y en la Plaza Antoni Mateu. El Pleno del Ayuntamiento de Inca en sesión ordinaria celebrada en fecha 23 de septiembre de 2026 aprobó inicialmente, y con carácter definitivo si durante el trámite de información pública no se formulan reclamaciones, el expediente de modificación de la Ordenanza reguladora de la prestación patrimonial pública no tributaria derivada de la prestación del servicio de aparcamientos a la Plaza Mallorca y en la Plaza Antoni Mateu. También: Aprobación inicial de la modificación de la ordenanza reguladora de la prestación patrimonial pública no tributaria derivada de la prestación del servicio de aparcamientos en el edificio del Mercat Cobert.

Lo que se somete a información pública, a los efectos y en cumplimiento de lo que prevé el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, a fin de que, en el término de treinta días contados a partir del día siguiente al de la inserción de este edicto en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, los interesados puedan examinar el expediente de referencia, que se encuentra de manifiesto en las dependencias del Departamento de Gestión Tributaria, y presentar, en su caso, las reclamaciones y/o sugerencias que consideren oportunas ante el Pleno del Ayuntamiento.

Departamento de Gestión Tributaria, y presentar, en su caso, las reclamaciones y/o sugerencias que consideren oportunas ante el Pleno del Ayuntamiento.

En el caso de que no se formulen reclamaciones durante el período de exposición pública, el referido acuerdo plenario se considerará definitivo de conformidad con lo que dispone el artículo 49 de la Ley 7/19895, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. (Firmado electrónicamente: 28 de septiembre de 2026). La alcaldesa accidental, (María del Carmen Oses Ramos).

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