Cumplimiento de las condiciones de la declaración de impacto ambiental
Otorgar la autorización del parque fotovoltaico Cumbres promovido por Firella Fotovoltaica, SL, polígono 61, parcelas 504, 507 y 510 de Felanitx. Ocupación: 3,92 ha, de 8. 440 paneles
En caso de que no se presente el proyecto de ejecución en el plazo establecido, se producirá su caducidad, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 128 del Real Decreto 1955/2000
AGENCIA MANACORNOTICIAS 09/05/2026 - 08:42:36
En particular, tienen que cumplirse las medidas de cautela patrimonial establecidas en el informe del Servicio de Patrimonio Histórico del Consejo de Mallorca de fecha 18 de octubre

Resolución. Otorgar la autorización administrativa previa del parque fotovoltaico PFV Cumbres y su línea de evacuación, promovido por Firella Fotovoltaica, SL, con NIF B13731682, y con las siguientes características: Denominación: PFV Cumbres. Situación: polígono 61, parcelas 504, 507 y 510 de Felanitx.

Ocupación: 3,92 ha. 8. 440 paneles bifaciales de 550 Wp cada uno. 20 inversores de 200 kW cada uno. Potencia instalada: 4. 000 kW. Potencia de pico: 4. 640 kW. Capacidad de acceso: 2. 480 kW. 1 centro de maniobra y medida (CMM). 2 centras de transformación (CT) 0,8/15 kV de 2. 500 kVA cada uno.

Informar que esta autorización se concede sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias relativas a las licencias municipales, la ordenación del territorio y el medio ambiente

Línea MT de 15 kV, soterrada, de 3x95 mm2 Al 12/20 kV de 285 metros de longitud desde el CT1 hasta el CMM. Línea de evacuación MT de 15 kV, soterrada, de 3x240 mm2 Al 12/20 kV de 10 metros de longitud desde el CMM hasta la línea soterrada L. M. Mola de la SET Colom en su punto de conexión (X: 512875. 84, Y: 4366859. 68; huso 31).

La instalación se clasifica en el grupo b. 1. 1, «Instalaciones que únicamente utilizan la radiación solar como energía primaria mediante la tecnología fotovoltaica», de acuerdo con el artículo 2 del Real Decreto 413/2014. Reconocer la utilidad pública del parque fotovoltaico PFV Cumbres y su línea de evacuación a los efectos previstos en la disposición adicional décima de la Ley 10/2019.

De conformidad con el artículo 130 y los sucesivos del Real Decreto 1955/2000, y en el plazo máximo establecido para cumplir las disposiciones del artículo 1 del Real Decreto Ley 23/2020, a contar desde la concesión de la autorización administrativa, tiene que presentarse un proyecto de ejecución del parque fotovoltaico y la línea de evacuación para que sea aprobado, el cual tiene quecumplir las siguientes prescripciones:

- Cumplimiento de las condiciones de la declaración de impacto ambiental de 31 de marzo de 2026 emitido por la Dirección General de Armonización Urbanística y Evaluación Ambiental y los informes de las diferentes administraciones consultadas. - En particular, tienen que cumplirse las medidas de cautela patrimonial establecidas en el informe del Servicio de Patrimonio Histórico del Consejo de Mallorca de fecha 18 de octubre de 2024.

En caso de que no se presente el proyecto de ejecución en el plazo establecido, se producirá su caducidad, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 128 del Real Decreto 1955/2000. Informar que esta autorización se concede sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias relativas a las licencias municipales, la ordenación del territorio y el medio ambiente, y a cualesquiera otras motivadas por disposiciones que le sean aplicables.

AYUNTAMIENTO DE FELANITX. Aprobación definitiva del Proyecto refundido de la segunda área de aportación en el Campo de Fútbol «Es Torrentó -Mariona Caldentey» de Felanitx. La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Felanitx, en sesión ordinaria realizada el día 05.05.2026 ha adoptado, entre otros, el siguiente ACUERDO que en su parte dispositiva dice: “Primero. Aprobar definitivamente el Proyecto refundido de la segunda área de aportación de residuos domésticos no peligrosos, con visado del COEIB n.º 157104/0002, de día 27/02/2026, redactado por el ingeniero industrial colegiado n.º 376 del COEIB, Juan Mateo Horrach Torrens, a la equipación municipal del Camp de Fútbol «Se Torrentó-Mariona Caldentey», polígono 19 parcela 145 de Felanitx, referencia catastral 07022A019001450000WS, con sujeción al cumplimiento de las condiciones especificadas a los informes técnicos municipales de día 20.03.2026.

El promotor de las obras e instalaciones es el Ayuntamiento de Felanitx. Segundo. El presupuesto de ejecución material (P.E.M.) de las obras e instalaciones es de 15.884,50 €. Esta cantidad se desglosa de la siguiente manera: P.E.M.= 15.884,50 € B.I. (6%)= 953,07 € G.G. (13%)= 2.064,98 € Total sin I.V.A.= 22.872,09 € I.V.A. (21%)= 3.969,54 TOTAL= 22.872,09 € El Canon de Gestión residuos asciende a la cantidad de 71,43 € I.V.A. (10%)= 7,14 € TOTAL Gestión residuos= 78,57 € - El presupuesto de ejecución por contrata (P.E.C.) asciende a la cantidad de 22.950,66 €. El plazo para empezar las obras se establecerá en la adjudicación del contrato y el plazo para acabarlas será de 2 semanas desde el inicio de las obras. Tercero. Publicar este Acuerdo mediante anuncio en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Felanitx (ajfelanitx.eadministracio.cat), a la cual también se puede acceder a través de la página web del Ayuntamiento de Felanitx (www.felanitx.org). ”.

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